Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna)
Se interpuso una acción de protección en contra de la Ministra de Salud Pública, y la Directora del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos... a fin de que se autorice la donación en vida de un riñón a favor de Susy Hinojosa, una persona con discapacidad que fue diagnosticada con insu...
Guardado en:
Autores Principales: | , , , , |
---|---|
Formato: | Documentos |
Lenguaje: | esp |
Publicado: |
Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
2016
|
Materias: | |
Acceso en línea: | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1185 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
id |
oai:localhost:39000-1185 |
---|---|
recordtype |
dspace |
spelling |
oai:localhost:39000-11852019-08-06T14:33:04Z Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir Benalcázar Alarcón, Patricio Guerra Mayorga, José Luis Varela Torres, Rodrigo Campaña, Pablo DONACIÓN DE ÓRGANOS DERECHO A UNA VIDA DIGNA DERECHO A LA SALUD PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACCIÓN DE PROTECCIÓN Se interpuso una acción de protección en contra de la Ministra de Salud Pública, y la Directora del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos... a fin de que se autorice la donación en vida de un riñón a favor de Susy Hinojosa, una persona con discapacidad que fue diagnosticada con insuficiencia renal crónica, a quien su cuñada desea donar uno de sus riñones y que según los exámenes médicos realizados es apta para hacerlo. Ante lo cual el Ministerio de Salud Pública y el INDOT negaron la autorización, amparándose en en el art. 33 de la Ley de Trasplantes que indica que se requiere "que la o el receptor tenga parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad con el donante". La Defensoría del Pueblo señala que al impedir la realización del trasplante se está afectando el derecho a la vida digna y a la atención de salud especializada, motivo por el cual presentó la acción de protección. Finalmente en la Resolución del Juez Constitucional se declaró la vulneración de los derechos a la salud y a la vida digna, y como medida de reparación integral se dispuso que se autorice el trasplante de riñón, siempre y cuando las mencionadas ciudadanas cumplan a cabalidad con todas las disposiciones. 2016-03-14T17:10:29Z 2016-03-14T17:10:29Z 2015 Demanda Defensoría del Pueblo de Ecuador. (2015). Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) [versión Adobe Reader]. Quito: DPE A-DP-DPE-002-2015 http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1185 esp 14 p. application/pdf application/pdf Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador |
institution |
Defensoría del Pueblo |
collection |
Repositorio DPE |
biblioteca |
Defensoría del Pueblo |
language |
esp |
format |
Documentos |
topic |
DONACIÓN DE ÓRGANOS DERECHO A UNA VIDA DIGNA DERECHO A LA SALUD PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACCIÓN DE PROTECCIÓN |
spellingShingle |
DONACIÓN DE ÓRGANOS DERECHO A UNA VIDA DIGNA DERECHO A LA SALUD PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACCIÓN DE PROTECCIÓN Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir Benalcázar Alarcón, Patricio Guerra Mayorga, José Luis Varela Torres, Rodrigo Campaña, Pablo Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
description |
Se interpuso una acción de protección en contra de la Ministra de Salud Pública, y la Directora del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos... a fin de que se autorice la donación en vida de un riñón a favor de Susy Hinojosa, una persona con discapacidad que fue diagnosticada con insuficiencia renal crónica, a quien su cuñada desea donar uno de sus riñones y que según los exámenes médicos realizados es apta para hacerlo. Ante lo cual el Ministerio de Salud Pública y el INDOT negaron la autorización, amparándose en en el art. 33 de la Ley de Trasplantes que indica que se requiere "que la o el receptor tenga parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad con el donante". La Defensoría del Pueblo señala que al impedir la realización del trasplante se está afectando el derecho a la vida digna y a la atención de salud especializada, motivo por el cual presentó la acción de protección. Finalmente en la Resolución del Juez Constitucional se declaró la vulneración de los derechos a la salud y a la vida digna, y como medida de reparación integral se dispuso que se autorice el trasplante de riñón, siempre y cuando las mencionadas ciudadanas cumplan a cabalidad con todas las disposiciones. |
author |
Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir Benalcázar Alarcón, Patricio Guerra Mayorga, José Luis Varela Torres, Rodrigo Campaña, Pablo |
author_facet |
Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir Benalcázar Alarcón, Patricio Guerra Mayorga, José Luis Varela Torres, Rodrigo Campaña, Pablo |
author_sort |
Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir |
title |
Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
title_short |
Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
title_full |
Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
title_fullStr |
Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
title_full_unstemmed |
Acción de protección DPE-002-2015 (Derecho a la vida digna) |
title_sort |
acción de protección dpe-002-2015 (derecho a la vida digna) |
publisher |
Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador |
publishDate |
2016 |
url |
http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1185 |
_version_ |
1641906419818037248 |
score |
11,871979 |