Medida de Protección a favor de César Sapioco Sapioco. Medida de Protección N° 002- DPE-2016
La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la Dra. Mónica Jara Villacís, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Girón, en razón de que se ha determinado que el Sr. César Sapioco Sapioco, por ser una persona con discapaci...
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Formato: | Otros |
Lenguaje: | esp |
Publicado: |
Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
2016
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1355 |
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Sumario: | La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la Dra. Mónica Jara Villacís, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Girón, en razón de que se ha determinado que el Sr. César Sapioco Sapioco, por ser una persona con discapacidad intelectual del 95%, abandonado por su familia y que requiere una atención especializada, para lo cual se requiere la adopción de medidas adecuadas para su protección y bienestar. Se dispone que las autoridades del Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social, ubicado en la parroquia Huaynacapac, cantón Cuenca, provincia del Azuay, mantengan en acogimiento institucional al Sr. César Sapioco Sapioco y le brinden la correspondiente atención prioritaria y permanente. Se solicita al Ministerio de Salud Pública que recalifique la discapacidad del Sr. Sapioco para determinar su grado actual. Se dispone a la Coordinación General Defensorial Zonal 6 que vigile el cumplimiento de las Medidas de Protección emitidas en esta resolución. Finalmente, se deja a salvo el ejercicio de las acciones y derechos de los que se consideren asistidos los intervinientes. |
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