Boletín semanal N° 254

Publicación periódica del Centro de Referencia Documental de la Defensoría del Pueblo de Buenos Aires, Argentina. Noticia destacada: Condena solidariamente a dos entidades bancarias a abonar una indemnización en concepto de daño moral y punitivo por haber emitido sin requerimiento previo del actor u...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires
Formato: Documentos
Lenguaje:esp
Publicado: Buenos Aires: CRD 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1722
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spelling oai:localhost:39000-17222018-02-22T21:47:40Z Boletín semanal N° 254 Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires DISCAPACIDAD MENTAL SERVICIO PÚBLICOS DOMICILIARIOS ENERGÍA ELÉCTRICA GAS DOMÉSTICO SERVICIOS BANCARIOS MEDIO AMBIENTE IMPACTO AMBIENTAL TRANSPORTE PÚBLICO ADULTAS Y ADULTOS MAYORES VIVIENDA DIGNA CONSUMIDORES Publicación periódica del Centro de Referencia Documental de la Defensoría del Pueblo de Buenos Aires, Argentina. Noticia destacada: Condena solidariamente a dos entidades bancarias a abonar una indemnización en concepto de daño moral y punitivo por haber emitido sin requerimiento previo del actor una tarjeta de crédito a su nombre, y luego haber informado al Veraz (base de datos personas deudoras) sobre una morosidad en el pago de los saldos correspondientes a la misma. Entiende que las entidades asumieron una conducta notablemente abusiva, en primer lugar, a través de ese hábito adoptado por ciertas entidades financieras de entregar a los clientes productos que estos no ha solicitado y, en segundo lugar, creando cargos sobre dichos productos no pedidos, en franca violación al derecho del consumidor. A su vez, resalta la ilógica respuesta brindada por uno de los codemandados al pretender que el cliente debe asumir la responsabilidad por no haber rechaza do el producto que unilateralmente la entidad le entregó, es decir, el absurdo de procurar que la culpa la tiene el cliente porque no concurrió a la sucursal o no se comunicó para hacer saber que no quería el mentado producto, en el caso tarjeta de crédito. 2017-07-11T17:05:19Z 2017-07-11T17:05:19Z 2017-06-28 Boletín Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. (2017). Boletín semanal N° 254. Buenos Aires: CRD Boletín 254 http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1722 esp 4 p. application/pdf Buenos Aires: CRD
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