Medida de Protección a favor de N.N. Medida de Protección N° 027-DPE-2017

La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por el Padre José Luis Sánchez Aguilera Presidente de la Fundación Mensajeros de la Paz en razón de que la señora N.N., conforme consta en el certificado médico emitido por el departamento de psicología del hospit...

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Detalles Bibliográficos
Autores Principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo, Benalcázar Alarcón, Patricio
Formato: Otros
Lenguaje:esp
Publicado: Quito 2018
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1949
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Descripción
Sumario:La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por el Padre José Luis Sánchez Aguilera Presidente de la Fundación Mensajeros de la Paz en razón de que la señora N.N., conforme consta en el certificado médico emitido por el departamento de psicología del hospital José Félix Valdivieso de Santa Isabel, tiene 73 % de discapacidad intelectual, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección previstas en el primer artículo no numerado agregado a continuación del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo. Se ordena que la Fundación Mensajeros de la Paz continúe con el cuidado de la señora N.N., que el Ministerio de Salud garantice el acceso a medicación y cuidados necesarios, que el Ministerio de Trabajo investigue las relaciones laborales de la señora mencionada, y, finalmente remitir el expediente a la Fiscalía por una presunta esterilización.