Principios fundamentales y limitativos de la Prisión Preventiva según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que: "En atención a la propia naturaleza de la prisión preventiva como la medida más grave que se puede imponer a un acusado, La Corte Interamericana ha establecido consistentemente desde hace una década que: "su aplicación debe...

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Detalles Bibliográficos
Autores Principales: La Rosa, Mariano, CIDH
Formato: Otros
Lenguaje:esp
Publicado: CIDH 2016
Materias:
Acceso en línea:http://biblioteca.defensoria.gob.ec/handle/37000/1322
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Descripción
Sumario:La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que: "En atención a la propia naturaleza de la prisión preventiva como la medida más grave que se puede imponer a un acusado, La Corte Interamericana ha establecido consistentemente desde hace una década que: "su aplicación debe tener carácter excepcional, limitado por los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con lo que es estrictamente necesario en una sociedad democrática". El criterio de excepcionalidad en la aplicación de la prisión preventiva está directamente relacionado con el derecho a la presunción de inocencia. El fundamento del uso excepcional de esta medida cautelar estriba precisamente en el hecho de que es la más severa que se puede imponer a un imputado, pues implica precisamente su encarcelamiento, con todas las consecuencias reales que esto conlleva para él y su familia.