Boletín semanal N° 230
La Justicia porteña ordenó al Registro de Estado Civil que rectifique la partida de nacimiento de un niño y consigne que es hijo de dos madres, sin discriminación, tachaduras o enmienda alguna. El fallo recordó la nueva normativa, en la que se fija que “los integrantes de las familias, cuyo origen...
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Buenos Aires: Defensoría del Pueblo
2016
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oai:localhost:39000-14262016-12-19T21:02:54Z Boletín semanal N° 230 Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO La Justicia porteña ordenó al Registro de Estado Civil que rectifique la partida de nacimiento de un niño y consigne que es hijo de dos madres, sin discriminación, tachaduras o enmienda alguna. El fallo recordó la nueva normativa, en la que se fija que “los integrantes de las familias, cuyo origen esté constituido por personas del mismo sexo, tendrán los mismos derechos y obligaciones". 2016-12-19T19:32:23Z 2016-12-19T19:32:23Z 2016-12-07 Boletín Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. (2016). Boletín semanal N° 230. Buenos Aires: CRD. Boletín 230 http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1426 esp 4 p. application/pdf Buenos Aires: Defensoría del Pueblo |
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La Justicia porteña ordenó al Registro de Estado Civil que rectifique la partida de nacimiento de un
niño y consigne que es hijo de dos madres, sin discriminación, tachaduras o enmienda alguna. El
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